Seguro de Comercio

Es aquel seguro con forma de multirriesgo destinado a garantizar la indemnización por las pérdidas que puedan producirse en un comercio a causa de daños, tanto en sus partes inmuebles como las mercaderías (propias o ajenas), mobiliario en general, con coberturas a las personas que trabajan dentro del negocio y ampliándose a los clientes y visitantes.

COBERTURA

Incendio

El asegurador indemnizará los daños materiales causados a las cosas objeto del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. Adicional de cobertura: Daños por Agua (como sublímite dentro de la cobertura de Incendio).

Robo: Local Comercial, Industrial y Civil.

El asegurador indemnizará las pérdidas de contenido de mercaderías de propiedad del asegurado, o de terceros por las cuales el asegurado no sea responsable, pudiendo incluirse los muebles, útiles y equipos de negocio. Adicional de cobertura; Robo de valores en caja fuerte; Robo de Valores Tránsito y Fidelidad de Empleados, a pedido del Asegurado.

Cristales

El asegurador indemnizará los daños producidos a los cristales, vidrios o espejos colocados de manera vertical, como consecuencia de roturas producidas por accidentes.

Responsabilidad Civil Comprensiva

El asegurador se obliga a indemnizar por el asegurado, en cuanto deba a un tercero como consecuencia de la Responsabilidad Civil Comprensiva extracontractual en que incurra por el ejercicio de su actividad comercial detallada en las condiciones particulares, desarrolladas dentro del local asegurado.

Equipos Electrónicos

El asegurador cubre los equipos electrónicos incluidos en la especificación de bienes asegurados de la póliza, que estén listos para operar mientras se encuentren en el predio del seguro indicado en la póliza, instalados y usándose adecuadamente. La protección de éste seguro continua si los equipos asegurados son movidos o transportados dentro del predio del asegurado.

Accidentes Personales

Coberturas: El asegurador indemnizará a las personas designadas en las condiciones particulares en el caso de que la (s) misma (s) sufriera (n) algún accidente que fuera la causa originaria de su muerte o su incapacidad total y permanente para trabajar, siempre que dicho accidente haya ocurrido dentro del perímetro del local asegurado o individualizado en la póliza. Quedan comprendido en ésta cobertura las personas mayores de 18 años y menores de 65 años.

REQUISITOS

A los efectos de elaborar los costos dentro de esta modalidad y a fin de establecerlas, será necesario contar con ciertas informaciones básicas en especial para aquellos riesgos con sumas aseguradas de importancia, para riesgos industriales y aquellos que son considerados de alto riesgo.

Datos básicos

  • Asegurado
  • Tipo de Construcción
  • Ubicación
  • Actividad